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Documento BOE-B-2018-2498

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 2018, páginas 3130 a 3130 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-2498

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 780/2017 (NIG 2906742120170046287), por auto de fecha 27/12/2017 se ha declarado en concurso voluntario al deudor INSECTA SOLUCIONES BIOLOGICAS, S.L., con NIF B92846567, domicilio en C/ Riotinto Polígono Industrial San Alberto, 21, 29010 Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2º.- Que se ha acordado abrir la fase de liquidación a petición del deudor, declarándose disuelta la sociedad INSECTA SOLUCIONES BIOLOGICAS, S.L., y cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

3º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

4º.- Que la administración concursal la integra D. FELIX FERNÁNDEZ TINOCO abogado con D.N.I. n.º 24741664N con DOMICILIO en Málaga y dirección postal C/ Barroso, n.º 6-2.º, CP 29001, Tlf: 952 603060 y con dirección de correo electrónico fftinoco@gmail.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.

5º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

6º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

7º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

8º.- En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).

Málaga, 11 de enero de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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