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Documento BOE-B-2018-24992

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 3 de mayo de 2018, páginas 32323 a 32324 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-24992

TEXTO

Edicto

Don Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria

Por el presente se Hace Saber:

Que en el procedimiento concursal 0000467/2017, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. María Emma Crespo Ferrandiz, en nombre y representación de D./Dña. PROURBE PROMOCIONES URBANAS CANARIAS, S.L., se ha dictado Auto el día 1 de marzo 2018, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de D./Dña. PROURBE PROMOCIONES URBANAS CANARIAS, S.L. con CIF, n.º B35680263, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de VOLUNTARIO.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: Don Juan Carlos Santos Jiménez, como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de c/ Gravina, 45, 4º-B, 35010, teléfono 928265044 y Fax 928264997, así como Dirección electrónica juansantosjim@gmail.com.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; que las conserve quedando sometido el ejercicio de estas a la intervención de los administradores concursales mediante su autorización o conformidad.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

1 Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Don. Guillermo Fernández García, Magistrado-Juez. Don Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia. - Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto

Las Palmas de Gran Canaria, 27 de abril de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

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