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Documento BOE-B-2018-26135

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia sobre Resolución del Ministerio de Fomento por la que se Aprueba el expediente de Información Pública del Proyecto de Trazado: "Autovía A-76 Ponferrada – Ourense, Tramo: A Veiga de Cascallá – O Barco de Valdeorras". Clave: T2-OR-5120. Provincia: Ourense.

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 10 de mayo de 2018, páginas 33678 a 33679 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2018-26135

TEXTO

El Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, P.D. (Orden FOM/1356/2016, de 20 de julio sobre delegación de competencias en el Ministerio de Fomento), con fecha 20 de abril de 2018 ha resuelto:

1. Aprobar el expediente de Información Pública del Proyecto de Trazado "Autovía A-76 Ponferrada – Ourense. Tramo: A Veiga de Cascallá – O Barco de Valdeorras", con las siguientes prescripciones a cumplimentar en el Proyecto de Construcción:

1.1. Se estudiará el trazado de los ejes 43, 46 y 48, de tal manera que se minimicen las afecciones y se garantice la accesibilidad.

1.2. Se estudiará la posibilidad técnica de encajar una glorieta en el cruce de la carretera OU-622 con el eje 64 y la carretera OU-0808.

1.3. En la finca n.º 32.0090-0055 no se expropiará la parte de la vivienda que se vea afectada por el dominio público.

1.4. En las fincas afectadas donde exista una vivienda, se analizará si procede disponer el cerramiento del tronco de la autovía lo más alejado posible de dichas viviendas.

1.5. La tubería de abastecimiento del Consorcio de Aguas de Valdeorras afectada entre los pp.kk. 6+900 y 7+500, se repondrá a borde del camino.

1.6. Se deberá completar el inventario de redes de tuberías existentes o previstas que haya que reponer, solicitando esta información a la entidad competente.

1.7. Se analizarán las soluciones que permitan minimizar el recorrido alternativo originado al suprimir el paso inferior existente en pk 4+000.

1.8. Se analizará la información aportada por la Xefatura Territorial de Ourense para verificar si existe afección a los derechos mineros indicados en su informe.

1.9. Se tendrá en cuenta el informe de la Axencia Galega de Infraestruturas de 20 de abril de 2015, en cuanto al diseño de las isletas deflectoras en las glorietas de los enlaces.

1.10. Se tendrán en cuenta los criterios indicados por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, en cuanto al dominio público hidráulico y sus zonas de servidumbre y policía.

1.11. Se aumentarán las dimensiones de la obra de drenaje transversal ODT-13 (pk 6+675) a 4,0 m de ancho por 3,0 m de alto.

1.12. Se tendrán en cuenta todas las consideraciones contempladas en el informe de la Dirección Xeral do Patrimonio Cultural de la Xunta de Galicia.

1.13. Se revisará y subsanará el anejo de Expropiaciones con el fin de componer una relación de afectados veraz y completa, considerando las alegaciones efectuadas relativas a modificaciones de superficies, bienes valorables en ellas o naturaleza y usos de las mismas, así como las referentes a la titularidad de las fincas, siempre que se hayan demostrado fehacientemente las titularidades y éstas estén inscritas en los registros oficiales, incluido el Catastro, sin perjuicio de las verificaciones pertinentes en el momento de levantamiento de actas previas.

En particular, se modificarán los datos de titularidad de las parcelas siguientes: 32.0090-0115, 32.0090-0116, 32.0090-0117, 32.0739-0265, 32.0739-0289, 32.0739-0290, 32.0739-0428, 32.0739-490, 32.0739-0492, 32.0739-0592, 32.0739-0653, 32.0739-0927, 32.0739-0932 y 32.0739-1001, de acuerdo con la documentación vinculante aportada en las alegaciones recibidas.

1.14. Se procederá a la expropiación total de las fincas n.º 32.0739-0337 y 32.0739-0779.

1.15. Durante el procedimiento expropiatorio se estudiará si procede la expropiación total de las fincas nº 32.0090-0117, 32.0739-0229 y 32.0739-0549, cuyos titulares lo han solicitado en la alegación correspondiente.

1.16. Se deberá proseguir la tramitación de los proyectos de reposición de servicios de acuerdo con lo dispuesto en la Circular sobre "Modificación de servicios en los proyectos de obras", de 7 de marzo de 1994.

2. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia notifique la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado".

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Ministro del Departamento, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

A Coruña, 25 de abril de 2018.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación, Ángel González del Río.

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