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Documento BOE-B-2018-26984

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 14 de mayo de 2018, páginas 34613 a 34613 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-26984

TEXTO

Edicto

Doña María Begoña Ozamiz Bageneta, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil de Valladolid, por el presente, hago saber:

Primero.- Que en Sección I Declaración Concurso Voluntario Abreviado 249/2018 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 12 de abril de 2018, auto de declaración de concurso de Plamuval, S.L., con CIF B-47473186, con domicilio social en Valladolid, calle Amberes 36, coincidente con el centro de intereses principales.

Segundo.- Se ha acordado que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, sometido en su ejercicio a la intervención de los administradores del concurso.

Tercero.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

Cuarto.- La identidad de la Administración concursal es la siguiente:

Don Francisco Javier de Prada Gutiérrez.

La dirección postal de la Administración concursal es la siguiente:

Calle Regalado 12, 1° A de Valladolid.

La dirección electrónica de la Administración concursal es la siguiente: concursoplamuval@gmail.com.

Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procuradora y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

Valladolid, 7 de mayo de 2018.- El/La Letrado de la Administración de Justicia.

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