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Documento BOE-B-2018-28386

RIPOLL

Publicado en:
«BOE» núm. 124, de 22 de mayo de 2018, páginas 36172 a 36172 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2018-28386

TEXTO

Doña Sara Fernández Campos, Letrada de la Adm. de Justicia del Juzgado Primera Instancia 1 Ripoll 1,

Hago saber:

Número de asunto: Concurso consecutivo 304/2017 Sección: CI.

NIG: 17147-42-1-2018-8072914.

Fecha del auto de declaración: 23 de marzo de 2018.

Clase de concurso: Voluntario consecutivo.

Entidad concursada: GERARD VIGO LÓPEZ, con DNI 40561155 B y domicilio c/ Sant Miquel, 36 de Ribes de Freser.

Administradores concursales: Antoni Bou Miàs, de profesión economista.

Dirección postal: C. Sèquia, 11, 4.º, 17001 Girona (Girona).

Dirección electrónica: etc@extecon.com

Régimen de las facultades del concursado: Sin que haya lugar a efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto de su patrimonio.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Crta. Barcelona, 35 de Ripoll.

Forma de personación. Para comparecer en el procedimiento, interponer recursos, plantear incidentes o impugnar actos de administración, los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado. Sin necesidad de comparecer en forma, podrán, en su caso, comunicar créditos y formular alegaciones, así como asistir e intervenir en la junta (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial.

En Ripoll, 8 de mayo de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia.

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