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Juzgado de lo mercantil nº 06 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia
1.°- Que en el procedimiento número 608/2018. por Auto dictado en fecha 10 de mayo de 2018, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil WEB CLOUD BUSINESS S.L., con CIF: B86504065.
2.°- Que la mercantil WEB CLOUD BUSINESS S.L. conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio.
3.°- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176.bis L.Co.
4.º- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.
5.º- Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas v ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso;
6.°- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada.
Madrid, 10 de mayo de 2018.- Letrado de la Admón de Justicia.
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