Doña Marta Jaurequizar Serrano, Letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en los Autos 41/2018 seguidos a instancia de Federación de Servicios a la Ciudadania de Comisiones Obreras (FSS-CC.OO.), en demanda de Impugnación de Despido Colectivo contra Delión Communications, S.L.U., y otros en Sentencia de 16 de mayo de 2018 cuyo fallo dice: "En la demanda de impugnación de despido colectivo, promovida por CC.OO., a la que se adhirió UGT, desestimamos la excepción de incompetencia de jurisdicción, así como de falta de legitimación pasiva, alegadas por los codemandados SLLC, SPAIN, CONTINUUM y HOLDINGS. – Declaramos la nulidad del despido colectivo, por lo que condenamos solidariamente a Delion Communications, S.L.U., Datasur Servicios Tecnológicos, S.A., Bistagno Inversiones, S.L., Delion Holding Spain, S.L., Springwater Capital LLC, Corelata Servicios y Gestiones, S.L., Springwater Capital Spain, S.L.U., Continuum, S.A., don Martin Gruschka, Fogasa, UGT Federacion de Servicios, Movilidad y Consumo, Ela, a estar y pasar por dicha declaración a todos los efectos legales oportunos, así como a readmitir a los trabajadores despedidos en las mismas condiciones anteriores al despido, con más los salarios de tramitación desde la fecha en que se ejecutó el despido hasta que la readmisión tenga lugar. Se ha acordado notificar a las partes."
Y para que sirva de notificación en legal forma a Delion Communications, S.L.U., Bistagno Inversiones, S.L., Corelata Servicios y Gestiones, S.L., en ignorado domicilio se inserta la presente en el "Boletín Oficial del Estado", advirtiéndole que las siguientes comunicaciones se harán conforme a lo prevenido en el artículo 59 de la LRJS.
Madrid, 22 de mayo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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