D/Dña. Cristina M.ª Valero Domenech, Letrado/a Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de VALENCIA, por el presente Hago Saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000249/2012 habiéndose dictado en fecha 24/01/18 por el Ilmo./a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
Se decreta la Conclusión del Concurso Ordinario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 249/12, promovido por el/la Procurador/a Sr./a Camps Sáez, Begoña, en nombre y representación de la mercantil Herramientas Especiales y de Precisión, S.A. y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.
Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Vicente Tormo Albert, con NIF n.º 19448026-P, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Herramientas Especiales y de Precisión, S.A., con CIF A-46137204, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia, ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.
Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 13 de Diciembre de 2017.
Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L.3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregaran a la Procuradora de la concursada Camps Sáez, Begoña a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.
Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del Concurso.
Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forme en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC).
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo./a Sr./a D/Dña. Montserrat Molina Pla Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.
Valencia, 24 de enero de 2018.- Letrada Admon Justicia Dña. Cristina Mª Valero Domenech.
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