Doña Lucia Peces Gómez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz,
Anuncia:
Que en la Sección I Declaración Concurso 160/2015 seguido en este órgano judicial, a instancia de la Procuradora Sra. Soledad Cabañas Álvarez, en nombre de CEXGIL, S.L., con CIF B-06101125 se ha dictado Auto n.º 78/2018, de fecha 5 de junio de 2018, cuyo fallo es del contenido literal siguiente:
1.- Declarar la conclusión del concurso CEXGIL, S.L. con CIF B-06101125, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.
2.- Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.
3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto expídanse los correspondientes mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda gratuita.
5.- Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal integrada por don UNAI OLABARRIETA DE FRUTOS, en nombre y representación DE IURE ADMINISTRADORES CONCURSALES.
Badajoz, 6 de junio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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