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Documento BOE-B-2018-32303

TOLOSA

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 14 de junio de 2018, páginas 40816 a 40816 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2018-32303

TEXTO

EDICTO

UPAD N.º 2 de Tolosa (Gipuzkoa), anuncia:

Que en el procedimiento de quiebra 311/2004 del deudor «98 Amco, S.A.» se ha dictado, en fecha 10 de abril de 2018, Auto de conclusión del procedimiento concursal, declarándose:

- La conclusión del procedimiento concursal derivado del procedimiento de Quiebra referente al deudor «98 Amco, S.A.» por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.

- El cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes.

- Que el deudor «98 Amco, S.A.» queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha.

- Que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.

- La extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado registro.

- Librar mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los registros en los que se inscribió dicha declaración.

- Anunciar la resolución en el «Boletín Oficial del Estado» con carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos.

- Comunicar la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, al archivo definitivo.

- Que, si dentro de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la Ley Concursal.

- Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la Administración Concursal.

Tolosa (Gipuzkoa), 11 de junio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Nekane Esquisabel Polanco.

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