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Documento BOE-B-2018-33667

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 21 de junio de 2018, páginas 42400 a 42400 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-33667

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga.

Anuncia

Primero.-Que en el procedimiento concursal número 206/2016 se ha dictado el 8 de junio de 2018 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por el deudor Residencial Valle del Azahar (antes Sol Dorado S.C.A.) y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 16 de mayo de 2018.

Segundo.-La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de la normas que regulan los convenios y la adhesión en la Ley Concursal.

El convenio está de manifiesto en la Secretaria del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.

Tercero.-Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga que debe interponerse en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de veinte días computándose desde la última publicación de este edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado.

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto número 4659 0000 52 0556 12, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código "02", de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Málaga, 8 de junio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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