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Documento BOE-B-2018-34955

LOGROÑO

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 28 de junio de 2018, páginas 43907 a 43907 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-34955

TEXTO

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, por el presente,

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1.- Que en el procedimiento concursal n.º 783/2010, NIG: 26089 42 1 2010 0005399, por Auto de fecha 20 de junio de 2018 se ha acordado la conclusión del concurso, por ser firme el Auto que declara el cumplimiento del convenio en su día aprobado, relativo a la mercantil Portalada 2006, S.L., con CIF B-26.411.918, con domicilio social en Logroño, calle Chozo, n.º 67, despacho n.º 1 del polígono La Portalada.

2.- Se ha acordado el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

3.- Publicar el presente Auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el "Boletín Oficial del Estado" y en el Registro Público Concursal en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la LC, preferentemente por vía telemática.

Así mismo, en atención a lo dispuesto en el artículo 24 de la LC, expídanse mandamientos al Registro Mercantil de La Rioja, y a la Oficina Española de Patentes y Marcas, que serán entregados a la Procuradora de la concursada para su diligenciado y reporte.

Logroño, 20 de junio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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