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Edicto
Cedula de Notificación
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
Doña Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil 2 de Las Palmas de Gran Canaria.
Por el presente se HACE SABER que en el procedimiento concursal 207/17, seguido a instancias de la Procuradora doña Beatriz Guerrero Doblas, en nombre y representación de Catharina Sylvia Simone Mccoy con DNI X2229557Y, se ha dictado Auto el día 20 de Junio del 2018, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:
- Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de doña Catharina Sylvia Simone Mccoy por inexistencia de bienes 176 BIS LC declarando los siguientes efectos derivados de la conclusión: cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes, el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Líbrese exhorto al Registro Civil Central a fin de que se proceda a la cancelación de la inscripción del concurso en la partida de nacimiento de la concursada.
- Que debo aprobar y aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración concursal de doña Catharina Sylvia Mccoy
Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.
Las Palmas de Gran Canaria, 28 de junio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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