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Documento BOE-B-2018-37521

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 14 de julio de 2018, páginas 46947 a 46947 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2018-37521

TEXTO

Edicto

Doña María Platas Casteleiro, Letrada de la Administración de Justicia y del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 6 de A Coruña,

Hago saber, que en el procedimiento del Concurso de Acreedores Consecutivo Abreviado n.º 1005/16-M, se ha dictado Auto de conclusión y archivo del concurso con fecha 26 de junio de 2018, que es firme y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerdo:

1. Declarar la conclusión y archivo del concurso, por finalización de la fase de liquidación de la deudora D.ª Ana María Meizoso Permuy con DNI n.º 76.401.453-F con domicilio en la Avda. de Aries n.º 7, 3.º, de A Coruña, con los efectos legales inherentes.

2. Conceder provisionalmente el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho a la deudora D.ª Ana María Meizoso Permuy con los efectos del punto 5.º del art. 178 bis de la L.C. y con aplicación, en su día, de lo dispuesto en el punto 8.º del indicado artículo.

3. Que el Administrador Concursal D. Rafael Pérez Gonzalez cese en el cargo e igualmente cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la deudora.

4. Librar exhorto al Juzgado de Paz de A Capela para que proceda a la anotación de la conclusión y archivo del concurso de acreedores.

5. Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y al administrador concursal y publíquese en el BOE y Tablón de Anuncios de este Juzgado.

6. Verificado lo anterior archivar las actuaciones, librándose igualmente los correspondientes oficios para comunicar la conclusión y archivo del presente concurso.

7. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso de conformidad con lo establecido en el art. 177 de la Ley Concursal.

Así lo acuerda y firma S.S.ª, de lo que yo la Letrada de la Administración de Justicia, doy fe.

Y para que sirva de notificación a los interesados y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido la presente cédula de notificación.

A Coruña, 26 de junio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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