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Documento BOE-B-2018-38666

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 23 de julio de 2018, páginas 48416 a 48416 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-38666

TEXTO

D. Enrique Calvo Vergara, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid, por el presente,

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Ordinario (Necesario) 837/2009 seguido respecto a la entidad NOZAR, S.A., en cuyo procedimiento se ha dictado por el Magistrado Juez D. Andrés Sánchez Magro Auto de fecha 19/6/2018, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

PARTE DISPOSITIVA

Autorizo la transmisión por parte de Nozar, S.A. a Boetticher y Navarro, SLU, de la cuota indivisa del 91,5818 por 100 de la finca registral número 80.293 del Registro de la Propiedad número 3 de Madrid, que se corresponde con Parcela resultante R-R-A-4, Parcela de Terreno en Madrid, en el ámbito de la Unidad de Ejecución del A.P.R. 021.06 "Méndez Álvaro Norte I", por precio de 7.675.815,65 euros, mediante dación en pago de lo créditos hipotecarios con privilegio especial sobre dicha cuota indivisa, por un principal de 12.000.000 de euros, con expresa condonación del resto de crédito por principal, intereses y cualquier otro concepto, y renuncia al cobro de principal e intereses derivado del pago efectuado a la Junta de Compensación, siendo de cargo de la adquirente todos los gastos de la transmisión, incluido en su caso el otorgamiento de escritura pública, los costes de urbanización, el IBI y demás tributos, asumiendo el riesgo de disolución del proindiviso.

Publíquese la parte dispositiva de esta resolución mediante edictos que se insertarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Portal de la Administración de Justicia, en el modo establecido en el art. 645 LEC, así como en el tablón de anuncios del Juzgado, haciendo saber que dentro de los diez días siguientes al último de los anuncios podrán presentarse mejores posturas, en cuyo caso se abriría licitación entre todos los oferentes y se acordará la fianza que hayan de prestar.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de Reposición en el plazo de cinco días, ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 451 y siguientes de la L.E.Civil), previa la constitución de un depósito de 25 euros, en la cuenta 2257-0000-00-0837-09 de esta oficina Judicial de la cuenta general de Depósitos y Consignaciones abierta en Banco de Santander.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2257-0000-00-0837-09

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O. 1/2009 Disposición Adicional 15).

Lo acuerda y firma S.Sª Doy fe.

El Magistrado-Juez el Letrado de la Administración de Justicia

Madrid, 27 de junio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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