EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACIÓN
DÑA. VICTORIA EUGENIA PÉREZ DE ASCANIO GÓMEZ-PABLOS la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número UNO de los de Santa Cruz de Tenerife,
HAGO SABER: Que en el procedimiento Concursal voluntario abreviado n.º 734/2017,de la concursada D. HÉCTOR BATISTA REYES con DNI 79.064.654S se ha dictado Auto de fecha 15-03-18 se ha declarado el concurso, por la MAGISTRADA-JUEZ Doña, Sonia Martínez Uceda cuyos puntos principales de su PARTE DISPOSITIVA, son del tenor literal siguiente:
"... Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por la Procuradora Doña MARÍA GLORIA ORAMAS REYES, en nombre y representación de DON HÉCTOR BATISTA REYES con DNI 79064654S.Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, al deudor DON HÉCTOR BATISTA REYES, con DNI 79064654S y domicilio en la Calle Progreso n.º 5, piso 2.º izquierda, de Santa Cruz de Tenerife. El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad. Se nombra Administrador del concurso, con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior a Doña MARÍA ELENA MARTÍNEZ CONCEPCIÓN, ABOGADA, que reúne los requisitos del artículo 27 de la LC. Comuníquese telefónicamente o por fax la designación al Administrador Concursal para que comparezca en este Juzgado a aceptar el cargo en el plazo de los cinco días siguientes a la comunicación. Se autoriza a la Administración Concursal para que pueda acceder al establecimiento del Deudor, revisar sus libros y contabilidad y recabar cuantos documentos e información considere necesaria o conveniente para el interés del concurso. Llámense a los acreedores del deudor para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 de la LC a la administración concursal la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración de concurso, que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, el tablón de anuncios del Juzgado y el Registro Público Concursal. Anúnciese la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado, con indicación de los datos de identificación del procedimiento, siendo gratuita dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 23.1 de la LC, en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal. Inscríbase en el Registro Civil del lugar nacimiento del/la deudor, la declaración del concurso con lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición del concursado y el nombre del administrador. Los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado. Los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio del Procurador y asistidos de Letrado.
- El deudor tiene el deber de comparecer personalmente ante este Juzgado de lo Mercantil y ante la administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso. Fórmense las secciones primera, segunda, tercera y cuarta del concurso, que se encabezarán con testimonio de este Auto. Comuníquese la presente declaración de concurso a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y, si la concursada tuviere empleados, a la Tesorería General de la Seguridad Social y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) a los efectos oportunos y a todos los Juzgados en los que existan procedimientos frente al deudor a los efectos previstos en los artículos 55 y 56 de la LC. En tal sentido, OFICIESE a los Juzgados Decanos de la Provincia. Notifíquese este Auto a las partes personadas. Este Auto producirá de inmediato los efectos previstos en la LC para la declaración de concurso.- REQUIÉRASE AL DEUDOR para que en el PLAZO DE DIEZ DÍAS presente una lista actualizada del listado de acreedores y del inventario de bienes y derechos A LA FECHA DE DECLARACIÓN DEL CONCURSO. Las costas causadas se incluirán en los créditos contra la masa del concurso. Publíquese la presente resolución en el Registro Público Concursal haciendo saber a todos los interesados que pueden acceder a su contenido a través de la página web www.publicidadconcursal.es. Contra la DECLARACIÓN DE CONCURSO cabe, RECURSO DE APELACIÓN Contra los DEMÁS PRONUNCIAMIENTOS del Auto cabe RECURSO DE REPOSICIÓN por medio de escrito presentado en este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado, en el plazo de CINCO DÍAS, Así lo dispone, manda y firma D/Dña. SONIA MARTINEZ UCEDA, JUEZ del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Santa Cruz de Tenerife; doy fe... "
El/La Juez El/La Letrado/a de la Administración de Justicia
Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación GRATUÍTA en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo) y en el Registro Público Concursal. SE PONE EN CONOCIMIENTO, a todos sus efectos, que el ADMINISTRADOR CONCURSAL de este procedimiento, arriba indicado, es. DÑA MARIA ELENA MARTÍNEZ con DNI nº 43822279B, profesión LETRADA, con domicilio en C/ La X, al lado de Plaza Weyler nº 15-2ª D Santa Cruz de Tenerife, móvil nº 667.46.52.81 fax nº 922.24.29.54, correo elenamcabogada@gmail.com.
Santa Cruz de Tenerife, 12 de junio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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