La Confederación Hidrográfica del Duero proyectó y ejecutó la presa de la Requejada entre los años 1920 y 1950, siendo dedicada al uso público (regulación del rio Pisuerga, sobre el que se ubica) desde esas fechas. Durante la construcción de la presa se ejecutó como obra auxiliar dentro del Proyecto de la presa, la edificación "Los Cuarteles", inmueble que fue utilizado como vivienda de obreros y almacén de materiales. Una vez terminadas las obras de la presa y puesta en explotación la misma, el inmueble "Los Cuarteles" pasó a ser utilizado por el Servicio de Explotación de la presa como viviendas para el personal de explotación y como taller y garaje.
Con fecha 8 de mayo de 1909 se publicó en La Gaceta de Madrid la Ley que autoriza al Gobierno para proceder a la construcción, con cargo a los Presupuestos generales del Estado, de los pantanos y obras necesarias para la transformación en Canal de riego del Canal de Castilla, entre los cuales se encuentra el actual Embalse de "La Requejada", por lo tanto la citada presa es una Infraestructura estatal, de utilidad pública en base a lo dispuesto en el Art.11 de la Ley de Expropiaciones de 10 de enero de 1.879.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa y en los artículos 17 y 18 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Duero, con fecha 2 de mayo de 2.018, resolvió someter a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación, a efectos de declarar la Necesidad de Ocupación, siendo publicada dicha Resolución el 19 de junio de 2018 en el BOE, el 20 de junio de 2018 en el B.O.P. de Palencia y el 22 de junio de 2018 en el diario El Norte de Castilla (edición Palencia). En el Ayuntamiento de Cervera de Pisuerga, se mantuvo expuesto el anuncio del 21 de junio al 19 de julio de 2018.
No habiéndose presentado ninguna alegación y habida cuenta del informe favorable al expediente de Información Pública de la Asesoría Jurídica del Estado de fecha 3 de agosto de 2.018, esta Presidencia en uso de las atribuciones que le confiere la legislación vigente, resuelve realizar la Declaración de la Necesidad de Ocupación de los bienes y derechos que a continuación se relacionan:
Relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados
Nº finca |
Pol |
Parc |
Subparc |
Clase |
Referencia Catastral |
Titular |
Domicilio |
Superficie expropiación (m2) |
1 |
509 |
5022 |
- |
Urbano |
34057A509050220001IY |
JUNTA VECINAL DE ARBEJAL |
LG ARBEJAL 34840 CERVERA DE PISUERGA (PALENCIA) |
434 |
2 |
509 |
5022 |
b |
Pastos |
34057A509050220000UT |
JUNTA VECINAL DE ARBEJAL |
LG ARBEJAL 34840 CERVERA DE PISUERGA (PALENCIA) |
656 |
Lo que se hace público para conocimiento de los propietarios.
Advirtiendo que contra la presente resolución que agota la vía administrativa cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este mismo Órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, o bien puede optar por la interposición de un Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses desde la fecha de la notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 14, 25 y 26 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en el artículo 22.2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.
Esta publicación, a tenor de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos que sean desconocidos y aquellos que se ignore su paradero.
Valladolid, 23 de agosto de 2018.- La Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Duero, P.A. (art. 9.3 R. D. 984/1989); el Comisario de Aguas, Firmado electrónicamente: Ángel J. González Santos.
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