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Documento BOE-B-2018-4174

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 25 de enero de 2018, páginas 5329 a 5329 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-4174

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de La Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 23.1 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia:

Que en el Concurso arriba referenciado, 153/2017-M, de la entidad Mercagal, S.L., con CIF. B15386188, domiciliada en el Parque Empresarial de Coiros s/n, naves 8 y 9, de Coiros (La Coruña), se ha dictado en fecha 11/9/17, Auto de Apertura de la Fase de Liquidación, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

Parte dispositiva

1.- Se tiene por solicitada por la representación de la concursada la liquidación de la de la entidad deudora Mercagal, S.L.

2.- Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta, de liquidación, que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3.- Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

4.- Se declara disuelta la entidad deudora Mercagal, S.L., con C.I.F. B15.386.188, con domicilio social en el Parque Empresarial de Coirós s/n, naves 8 y 9, de Coirós, Coruña, e inscrita en el Registro Mercantil de Coruña, Hoja C-4.403, Tomo 1.043, Folio 108. Cesando en su función sus administradores, que son sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

5.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y en el BOE, así como en el Registro Público Concursal, si estuviere operativo. Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

6.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esa resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

Y para que sirva de notificación y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», expido el presente Edicto.

A Coruña, 23 de octubre de 2017.- El/La Letrado de la Administración de Justicia.

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