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Documento BOE-B-2018-44552

ÁVILA

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 18 de septiembre de 2018, páginas 56652 a 56652 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-44552

TEXTO

Edicto

Don Luis Marugán Cid, Letrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Ávila, con funciones de Juzgado de lo Mercantil, por el presente,

Hago saber:

Que en el procedimiento seguido ante este juzgado Sección I Declaración Concurso Voluntario 160/2013, N.I.G.: 05019 41 1 2012 0016541, relativo al deudor FONCALCYL, S.L., con CIF n.º B05184627, se ha dictado auto de conclusión del concurso en fecha 03/09/2018, firme, en cuya parte dispositiva se dispone:

«1. Declarar la conclusión del concurso del deudor FONCALCYL, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.

2. Firme la presente resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 y 178.3 de la Ley Concursal acordando la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos, quedando extinguida la concursada.

3. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes.

4. Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

5. Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal –artículo 181.3– y el cese de su actuación.»

Ávila, 3 de septiembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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