Nº DE EXPEDIENTE: 2018 038 00013
CAUSANTE: VICTORIANO PÉREZ RODRÍGUEZ NIF: 78.336.761-A
LUGAR Y FECHA DEL FALLECIMIENTO: PUERTO DE LA CRUZ, 29/12/2013.
ÚLTIMO DOMICILIO: GÜIMAR, S/C DE TENERIFE.
La Delegación de Economía y Hacienda de Santa Cruz de Tenerife ha tenido conocimiento a través de oficio judicial del fallecimiento sin testamento de dicho causante, por lo que se considera necesario iniciar un expediente administrativo al objeto de declarar heredero al Estado, según dispone el artículo 956 del Código Civil.
Los bienes que constan en el caudal de la herencia son los siguientes:
- Cuenta corriente en Cajasiete. Código de cuenta: 30760060751004845325. Saldo a 31-12-2016: 376,26 €.
- Solar situado en la CR Puerto Tercera Lateral 3. 38500 Güimar. Referencia Catastral: 2226602CS6322N0001GB. No hay constancia de su inscripción en el Registro de la Propiedad de Güimar.
- Vivienda situada en la C/ Salamanca, 36. 38500 Güimar. Referencia Catastral: 2126501CS6322N0000OL. No hay constancia de su inscripción en el Registro de la Propiedad de Güimar.
De las actuaciones previas resulta que existen indicios de que la Administración General del Estado tiene la competencia atribuida por el artículo 20 apartado 6 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas para, a falta de otros herederos legítimos, efectuar en vía administrativa la declaración de su condición de heredera abintestato del mencionado causante.
En consecuencia con lo dispuesto en el artículo 20 bis, apartado 1 de la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas,
ACUERDO,
1. La apertura de la sucesión intestada de Cándida Rosa Cartaya García y la incoación del procedimiento para declarar heredera del mismo a la Administración General del Estado con la adjudicación de los bienes relacionados o que se puedan incluir posteriormente en el inventario de la herencia, si en el curso de la instrucción del mismo, con una duración máxima de un año a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado del presente acuerdo, no compareciera nadie con mejor derecho.
2. Publicar este acuerdo en el "Boletín Oficial del Estado", en la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y, durante el plazo de un mes, en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos del Puerto de la Cruz y La Orotava.
3. Abrir el plazo para presentar alegaciones o cualquier información en relación con los bienes de la causante, o la eventual existencia de herederos testamentarios o legítimos. Cualquier persona podrá presentar estas alegaciones o aportar documentos u otros elementos de juicio en cualquier momento anterior a la resolución del procedimiento.
Santa Cruz de Tenerife, 24 de septiembre de 2018.- El Director General, P.D. (Resolución de 27-7-2015, BOE de 5-08-2015), el Delegado de Economía y Hacienda de Santa Cruz de Tenerife, Francisco Rafael Lara Cuevas.
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