RENOVERTIS, S.L. promueve la instalación Parque Eólico La Ladera de 1,8 MW en el término municipal de Ingenio en la isla de Gran Canaria.
La instalación precisa de autorización administrativa de acuerdo a lo establecido en el Decreto 6/2015, de 30 de enero, por el que se aprueba el Reglamento que regula la instalación y explotación de parques eólicos en Canarias, siendo la Dirección General de Industria y Energía el órgano sustantivo competente para su resolución.
Asimismo, el proyecto está sujeto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto ambiental.
La Dirección General de Industria y Energía es el órgano sustantivo competente para la resolución de la autorización administrativa del proyecto, de acuerdo a lo previsto en el precitado Decreto 6/2015, de 30 de enero, así como de la declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto, según lo dispuesto en el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
A los efectos previstos en el artículo 14 del Decreto 6/2015, de 30 de enero, así como en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, y en el artículo 144 del Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, se somete a Información Pública el proyecto, el estudio de impacto ambiental y la solicitud de reconocimiento, en concreto, de utilidad pública del expediente referenciado, cuyas principales características técnicas son:
Instalación de 2 aerogeneradores, marca ENERCON, modelo E-44 de 900 kW.
2 Uds. Centros de transformación de 1000 kVA (0,4/20 kV), albergados en cada aerogenerador.
2 Uds. Línea internas subterráneas con conductores de 3x(1x150) mm2 Al HEPRZ1 12/20 kV, con origen en centro de transformación de cada Aerogenerador y final centro de entrega.
1 Ud. Centro de entrega prefabricado.
1 Ud. Torre de medición.
1 Ud. Línea subterránea de evacuación de 701,42 mts de 3x(1x240) mm2 Al HEPRZ1 12/20 kV,desde centro de entrega hacia punto de conexión.
Pto de conexión: Tramo entre C10878 "Los Molinillos" y C104076 "Tasarte 17", de la L.M.T. "Agüimes" perteneciente a la subestación "Carrizal".
PRESUPUESTO: Asciende a la cantidad de dos millones ciento noventa y seis mil trescientos treinta y siete euros con dos céntimos (2.196.337,2 €).
La Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el artículo 149 del Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, llevará implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Lo que se hace público para conocimiento general y, también, especialmente a los propietarios y demás titulares afectados por la instalación, cuya relación se inserta al final de este anuncio como anexo, así como los que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, pudieran haber sido omitidos, para que, por cualquier interesado pueda ser examinado el Proyecto de ejecución, Estudio de Impacto Ambiental y Documentación técnica de afecciones de la instalación, en la oficina de esta Dirección General, sita en la planta 2ª del Edificio de Usos Múltiples III en Las Palmas de Gran Canaria, en horario de 11:00 a 13:00, así como en el Ayuntamiento afectado, y formularse, por duplicado, las alegaciones que se estimen oportunas en el plazo de treinta días, a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.
Asimismo, la presente publicación se realiza a los efectos de notificación previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ANEXO. RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL PROCEDIMIENTO DE EXPROPIACIÓN FORZOSA DEL PARQUE EÓLICO LA LADERA DE 1,8 MW EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE INGENIO EN LA ISLA DE GRAN CANARIA.
REFERENCIA CATASTRAL |
POLÍGONO |
PARCELA |
TITULAR |
PLENO DOMINIO ZAPATA(m²) |
PLENO DOMINIO PLATAFORMA(m²) |
PLENO DOMINIO CENTRO DE ENTREGA (m²) |
PLENO DOMINIO VUELO DE PALAS (m²) |
SERVIDUMBRE PERMANENTE LINEAS/VIAL (m²) |
OCUPACIÓN TEMPORAL VIAL/ZANJA/OTROS (m²) |
OCUPACIÓN TEMPORAL TORRE METEOROLÓGICA (m²) |
USO PRINCIPAL |
|
1 |
35012A004017760000YD |
004 |
1776 |
HERNANDEZ URQUIA VICENTE (HEREDEROS DE) |
50 |
250 |
Agrario |
|||||
2 |
35012A004017780000YI |
004 |
1778 |
HERNANDEZ HERNANDEZ BERNARDINA |
60 |
100 |
Agrario |
|||||
3 |
35012A004017850000YZ |
004 |
1785 |
PATRONATO DE TURISMO DE GRAN CANARIA |
221,67 |
870 |
49 |
1364,58 |
124 |
500 |
136 |
Agrario |
4 |
35012A004017900000YH |
004 |
1790 |
JUAREZ SANCHEZ MARIA JESUS |
221,67 |
870 |
1520,00 |
139,92 |
500 |
Agrario |
||
5 |
35012A004017820000YJ |
004 |
1782 |
PEREZ RODRIGUEZ FRANCISCO |
200 |
Agrario |
||||||
6 |
35012A004017830000YE |
004 |
1783 |
ESPINO ESPINO RITA |
200 |
Agrario |
||||||
7 |
35012A004017840000YS |
004 |
1784 |
ESPINO ESPINO MARIA ENCARNACION (HEREDEROS DE) |
400 |
271 |
Agrario |
|||||
8 |
35012A004017910000YW |
004 |
1791 |
CABALLERO PEREZ VICTORIA |
155,94 |
400 |
Agrario |
|||||
9 |
35012A004017920000YA |
004 |
1792 |
SILVERA ESPINO RITA |
200 |
Agrario |
||||||
10 |
35012A004017940000YY |
004 |
1794 |
ATSET MASACHS JUAN (HEREDEROS DE) |
200 |
Agrario |
||||||
11 |
35012A004017950000YG |
004 |
1795 |
En investigación, artículo 47 de la ley 33/2003 |
100 |
Agrario |
||||||
12 |
35012A004017960000YQ |
004 |
1796 |
GUTIERREZ GOMEZ FRANCISCO |
400 |
Agrario |
||||||
13 |
35012A004090150000YY |
004 |
9015 |
AYUNTAMIENTO DE INGENIO |
3517 |
1625 |
Camino Público |
Las Palmas de Gran Canaria, 21 de septiembre de 2018.- El Director General de industria y energía, Justo J. Artiles Sánchez.
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