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Documento BOE-B-2018-46382

HUESCA

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 29 de septiembre de 2018, páginas 58782 a 58782 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-46382

TEXTO

EDICTO

Dña. Paula Jarne Corral, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

ANUNCIA:

1.º- Que en el Concurso de Acreedores número 427/2018, NIG 2212541120180002531, por auto de fecha 24 de septiembre de 2018, se ha declarado en concurso voluntario y consecutivo a los deudores ARISTIDES TENA RAMOS con NIF n.º 18025529S y BEGOÑA ARROYO ARCOS, con NIF n.º 18163074C, ambos con domicilio en calle Obispo Javier Oses n.º 4 de Huesca.

2.º- Que los deudores han sido suspendidos en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituídos por la Administración concursal.

3.º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado en este Edicto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el artículo 85.3 de la LC.

La Administración concursal está integrada por:

El Economista EDUARDO ESTALLO ESCARIO, con domicilio profesional en Calle Villahermosa n.º 1 de Huesca, teléfono de contacto 974228233, fax 974564434 y dirección electrónica eduardo@estalloasesores.com.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso.

4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

5.º- Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación.

Huesca, 24 de septiembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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