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Don MIGUEL ÁNGEL MARTÍNEZ MARTÍNEZ, Letrado de la Adm. de Justicia, del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 1 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los arts. 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente,
HAGO SABER:
Que se ha dictado auto de declaración de concurso consecutivo en liquidación de persona física, ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
- NIG del procedimiento: 46250-42-1-2018-0028346.
- Asunto: Concurso Consecutivo en Liquidación de persona física, n.º 719/2018.
- Tipo de concurso.- Voluntario.
- Fecha del auto de declaración: 27/06/2018.
- Nombre de la persona a la que afecta el concurso: ANDRÉS ALBERICH RUIZ, NIF 22573426F, con domicilio en Calle Luis Santangel, n.º 28-8ª, VALENCIA.
- Administrador concursal. JAIME IGUAL GORGONIO, NIF 26746734B, con domicilio en Calle Colón, n.º 22-4H, 46004 y con correo electrónico: jigual@lexim.es
- Facultades del concursado.-Se ha acordado la suspensión de las funciones de disposición y administración del/los concursado/s, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.
- Examen de los autos.-Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
-Forma de personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio Abogado y Procurador.
- Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85LC.-Los acreedores del concursado deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podría efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañara copia en forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto general llamamiento de los acreedores del concursado para que puedan comunicar sus créditos a los afectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en el plazo de un mes a contar desde la última de las publicaciones en el BOE..
Valencia, 4 de septiembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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