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Documento BOE-B-2018-48000

CASTELLÓN DE LA PLANA

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 8 de octubre de 2018, páginas 60959 a 60959 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-48000

TEXTO

Don Jorge Gonzalez Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Lo Mercantil numero 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal,

Hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha 25 de septiembre de 2018, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado numero 000045/2014, NIG número 12040-66-2-2014-0000049, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso Voluntario y Abreviado que se ha seguido frente al deudor "Tauro Castellón, Sociedad Limitada", domiciliado en plaza Jovellars, 15, de Vinaroz y CIF/DNI número B12359337.

Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:

Parte Dispositiva:

1.-Acordar la conclusión del concurso de Tauro Castellón Sociedad Limitada seguido bajo el numero Concurso Abreviado numero 000045/2014-I, y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello.

2.-Declarar aprobadas las cuentas rendidas por la administración concursal así como el cese en su cargo del administrador concursal.

3.-En particular, acordar la extinción de la entidad Tauro, Castellón Sociedad Limitada, disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes.

4.-El presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del articulo 23.1 de la Ley Concursal y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el articulo 24 de la propia Ley Concursal (articulo 177.3 de la ley Concursal).

5.-A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (articulo 178.3 de la Ley Concursal) a los registros públicos que correspondan.

6.-Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso.

7.-Notifiquese el presente Auto a la administración concursal, a la concursada y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso.

Castellón, 26 de septiembre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, Jorge González Rodríguez.

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