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Documento BOE-B-2018-48007

LOGROÑO

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 8 de octubre de 2018, páginas 60966 a 60966 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-48007

TEXTO

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Letrado de la Administración de Justicia, del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja, por el presente,

Hago saber:

1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial, con el n.º 908/2018, NIG 26089 42 1 2018 0006623, Sección I, Declaración Concurso Consecutivo Necesario Abreviado, se ha dictado en fecha 24 de septiembre de 2018, Auto de Declaración de Concurso de los deudores don Juan Antonio Canovas Jiménez, con NIF 23270014V, y doña Encarnación Arias Muñoz, con NIF 23280794X, con domicilio en Logroño, calle Manuel de Falla, n.º 23, 3.º B.

2.º-Se ha acordado la suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición de los deudores sobre su patrimonio, siendo sustituido en dicho ejercicio por la administración concursal.

3.º-Se ha designado, como administración concursal al economista don Fernando Rubio Gómez, con domicilio profesional en Logroño, calle Muro de la Mata, n.º 6, 2.º, y dirección electrónica señalada serte@serte.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

4.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

5.º-Se ha dispuesto la apertura de la fase de liquidación concursal, teniéndose por aportado por la administración concursal la propuesta del Plan de Liquidación. El deudor y los acreedores dispondrán de un plazo de Diez Días hábiles para formular alegaciones sobre dicho plan de liquidación, y podrán solicitar, mediante escrito razonado, la apertura de la sección de calificación concursal.

6.º-Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es

Logroño, 3 de octubre de 2018.- La Letrado de la Administración de Justicia.

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