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Documento BOE-B-2018-48724

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 13 de octubre de 2018, páginas 61985 a 61985 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-48724

TEXTO

Edicto.

D. EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000342/2018, seguido a instancias del Procurador/a doña MARIA SANDRA CARDENES HORMIGA, en nombre y representación de JAMEO HOTELS and RESORT, S.L., se ha dictado Auto el día 19/09/2018, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de JAMEO HOTELS and RESORT, S.L., con CIF B35548288, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de VOLUNTARIO.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal, en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Se designan como Administradores del concurso a: D. LORENZO BERNARDO LÓPEZ SANTANA, con DNI 42751937C, como Economista, con domicilio en LUIS MOROTES, 16, 1, de LAS PALMAS, TELF. 928270105 y 653910375, fax 928262195, correo "info@losanconsultores.com"

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda: Intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

D. Guillermo Fernández García, Magistrado-Juez. D. Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia.- Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 9 de octubre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

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