Edicto
Doña Ana Isabel González Peinado, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia,
Anuncia
Que en el Sección Quinta de Liquidación del procedimiento de concurso 0000187/2012, referente a la concursada Begoña Caño Pérez, con DNI n.º 16.227.955-Y, por Auto de fecha 8 de octubre de 2018, se ha acordado lo siguiente:
"No constando existencia de bienes y derechos propiedad de Begoña Caño Pérez para satisfacer los créditos contra la masa, no ha lugar a proseguir la tramitación del procedimiento concursal respecto a Begoña Caño Pérez acordando la conclusión y archivo de las actuaciones.
Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 Ley Concursal.
Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes.
Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.
Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 Ley Concursal.
Lo acuerda y firma Francisco Cano Marco, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, doy fe."
Murcia, 8 de octubre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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