Está Vd. en

Documento BOE-B-2018-5136

FERROL

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 29 de enero de 2018, páginas 6506 a 6507 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2018-5136

TEXTO

Edicto

D. José Miguel Regueiro Pérez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Ferrol,

Por el presente, se hace saber, que en este Juzgado se siguen autos de concurso voluntario de acreedores de las personas físicas Andrés Miguel Castrillón López y María Carmen Freijeiro Rodríguez, con el número de registro 982/17 y en el que se ha dictado auto por el Magistrado-Juez, D. Javier Tudela Guerrero de fecha 10-03-2017 con el siguiente tenor literal de su Parte Dispositiva:

Acuerdo:

1.– Declarar la situación de concurso consecutivo de don Andrés Miguel Castrillón López (32648152C) y doña Carmen Freijeiro Rodríguez (32650254Y), procedimiento que se sustanciará conforme al procedimiento abreviado.

2.– Se designa como integrante de la administración concursal al abogado don Jorge Benigni de León abogado col. 4347 del ICA de A Coruña con despacho profesional en la calle Juan Flórez 129 6ºizq., 15005 de A Coruña. Tlf./fax. 981244533. E-mail: benigni@icacor.es

El administrador concursal nombrado deberá aceptar el cargo, por lo que urgentemente y por el medio más rápido se les notificará su nombramiento a efectos de su aceptación y juramento. Igualmente deberá acreditar ante este juzgado que tiene suscrito un seguro de responsabilidad civil o garantía equivalente proporcional a la naturaleza y alcance del riesgo cubierto por el nombramiento aquí verificado a su favor.

3.– Decretar la conservación por el deudor de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad.

4.– Hacer el llamamiento a los acreedores de don Andrés Miguel Castrillón López (32648152C) y doña Carmen Freijeiro Rodríguez (32650254Y) para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde publicación del extracto del Boletín Oficial del Estado (BOE) a que se refiere el art. 23 de la Ley Concursal la administración concursal, sin demora, realizará una comunicación individualizada, a cada uno de los acreedores cuya identidad y domicilio consten en el concurso, informándoles de la declaración de éste y del deber de comunicar sus créditos en la forma establecida en el artículo 85 LC, debiendo efectuarse tal comunicación por medios telemáticos, informáticos o electrónicos cuando conste la dirección electrónica del acreedor. Igualmente dirigirá la comunicación por medios electrónicos a la agencia estatal de la administración tributaria y la tesorería general de la seguridad social a través de los medios habilitadas por estas en sus respectivas sedes electrónicas y con independencia que conste o no su condición de acreedores de la concursada.

5.– Proceder a dar la debida publicidad a la declaración del concurso, mediante la publicación del oportuno extracto del presente auto de declaración del concurso que se publicará, con la mayor urgencia y de forma gratuita, en el Boletín Oficial del Estado. Líbrese al efecto el oportuno oficio con el edicto que será remitido por vía telemática al citado Boletín Oficial del Estado.

6.– Inscribir en el Registro Civil correspondiente la existencia del presente procedimiento y los acuerdos adoptados en el presente auto, especialmente, la intervención de las facultades de administración y disposición del concursado adoptada en la presente resolución acordada, y el nombramiento del administrador concursal.

7.- Indicar a las personas interesadas que podrán personarse en las actuaciones a través de abogado y procurador.

8.- Poner en conocimiento de los concursados el deber de comparecer ante este órgano y ante el administrador concursal cuantas veces sean llamados. Podrán personarse en las actuaciones con asistencia letrada.

9.- Comunicar la declaración de concurso al juez decano para su traslado a los jueces de primera instancia de esta partido judicial.

10.- Informar a los interesados que por el mediador concursal, nombrado administrador concursal, se propone la conclusión del concurso por falta de masa activa, no abrir la pieza de calificación y comenzar el expediente de artículo 178 bis apartado 3 l. Para el reconocimiento del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho al tratarse de un deudor de buena fe en los términos previstos en dicho artículo. Dicha petición será tramitada una vez que se supere el plazo de personación. 10.- informar a los interesados que por el mediador concursal, nombrado administrador concursal, se propone la conclusión del concurso por falta de masa activa, no abrir la pieza de calificación y comenzar el expediente de artículo 178 bis apartado 3 l. Con. Para el reconocimiento del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho al tratarse de un deudor de buena fe en los términos previstos en dicho artículo. Dicha petición será tramitada una vez que se supere el plazo de personación.

11.- Procédase al archivo del procedimiento 982/17 de este Juzgado de comunicación notarial de designación de mediador concursal. 11.- procédase al archivo del procedimiento 982/17 de este juzgado de comunicación notarial de designación de mediador concursal.

Modo de impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este tribunal.

Para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el ministerio fiscal, el estado, comunidad autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

El/la Magistrado-Juez el/la Letrado de la Administración de justicia

Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la Ley Concursal, se expide el presente

Ferrol, 25 de enero de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid