Está Vd. en

Documento BOE-B-2018-57109

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 1 de diciembre de 2018, páginas 72613 a 72614 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-57109

TEXTO

Edicto.

Xavier García Bonet, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 1199/2018. Sección: B.

NIG: 0801947120188012921.

Fecha del auto de declaración. 08 de noviembre de 2018.

Clase de concurso. Consecutivo.

Entidad concursada. Said Tamoud, con No informado.

Administradores concursales.

Se ha designado como Administrador concursal:

LBL RESTRUCTURING, S.L.P., quien designa a RAÚL LORENTE SIBINA, señala como domicilio: Avda. Josep Tarradellas, n.º 123-127, 5.º B (08029 Barcelona). Y para la recepción de las comunicaciones de créditos y de cualquier otra notificación, la dirección postal: la indicada; y la dirección de correo electrónico: creditors@lblpartners.es, teléfono de contacto 932182300.

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La Lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12, Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe de realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Apertura de la sección 5.ª Liquidación:

Decreto la apertura de la fase de liquidación y la formación de la sección 5.ª

El deudor ha acompañado con el escrito de demanda el plan de liquidación para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso.

Del plan de liquidación desde traslado por DIEZ DÍAS al administrador concursal para que informe y para que los acreedores puedan realizar alegaciones al plan de liquidación y podrán formular también observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio del pasivo insatisfecho, de conformidad con el art. 242.8 de la LC.

Los acreedores podrán mediante escrito razonada solicitar la apertura de la sección de calificación en el mismo plazo.

Dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es.

Barcelona, 21 de noviembre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, Xavier García Bonet.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid