El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia,
Que en el procedimiento número 40/2017-8, por auto de fecha 10 de enero de 2018 se ha complementado el auto de declaración del concurso de fecha 19 de enero de 2017 del deudor «RICHAR HERMANOS S.L.», y cuya parte dispositiva es la siguiente:
Que debe sustituirse el punto 11 de la parte dispositiva del auto de declaración de concurso de 19 de enero de 2017 por el siguiente:
Proceder a la apertura de la Fase de Liquidación, sección quinta, acordándose lo siguiente respecto a sus efectos:
Declarar vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.
Declarar disuelta la entidad «RICHAR HERMANOS S.L.».
Acordar el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.
Aplicar las normas contenidas en el Título III de la LC, en cuanto no se opongan a las específicas contenidas en el Capítulo II, de la fase de liquidación, artículos 142 y siguientes de la LC.
Anunciar la apertura de la fase de liquidación aquí acordada, en los mismos edictos de la declaración del presente concurso.
Anotar e inscribir la apertura de la fase de liquidación aquí acordada, en los mismos registros en donde se deba anotar e inscribir la declaración del presente concurso.
Procédase a dar traslado a la Administrador Concursal y a los acreedores del Plan de Liquidación presentado para que realicen las alegaciones oportunas.
Esta resolución forma parte del Auto de declaración de concurso de 19 de enero de 2017.
Dese a la presente resolución la misma publicidad que al auto de declaración de concurso que complementa.Notifíquese este Auto a las partes del Procedimiento, haciéndoseles saber que es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno, sin perjuicio del procedente contra la resolución original que ya fue indicado al notificarse aquélla, si bien el plazo para interponerlo comenzará a computarse desde el día siguiente al de la notificación del presente auto (artículo 215.4 L.E.C.).
Así por este su auto lo acuerda, manda y firma don Juan Francisco Santana Miralles, Juez de Adscripción Territorial adscrito a este Juzgado.
Sevilla, 12 de enero de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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