Está Vd. en

Documento BOE-B-2018-58408

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 11 de diciembre de 2018, páginas 74247 a 74247 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-58408

TEXTO

EDICTO

Don Luis-Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Barcelona

HACE SABER:

Que en los autos con n.º 1223/2018A se ha declarado el concurso voluntario por auto de fecha 20 de noviembre de 2018 de TRANSPORTES JJ JONAS, S.L., con CIF B65970352 en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El administrador concursal es don JOSEP FIGUERAS COMAS con DNI 35090964W, domicilio en Avda. Diagonal, 618. Planta 5.ª F, de Barcelona, CP 08021 y correo electrónico concursotransportesjjjonas@figuerasadvocats.com

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursa! los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en Avda. Diagonal, 618. Planta 5.ª F, de Barcelona CP 08021, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de aquisición y vencimiento, caracterísiticas y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursa! practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunciar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 20 de noviembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis-Miguel Gonzalo Capellín.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid