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Documento BOE-B-2018-58727

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 300, de 13 de diciembre de 2018, páginas 74675 a 74675 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-58727

TEXTO

EDICTO

D./Dña. Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000421/2018, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. Alejandro Valido Farray, en nombre y representación de Fransora, S.L., se ha dictado auto el día 20 de noviembre de 2018, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Fransora, S.L., con CIF, n.º B35289248, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y en el "Boletín Oficial del Estado".

Se designan como Administradores del concurso a: D./Dña. Fidel Blasco Miota, como economista, el cual ha designado como con domicilio en c/ Abreu y Galindo, n.º 6, 4.ª, C.P. 35.001 Las Palmas de Gran Canaria, telf.: 96.154.86.27 fax n.º 96.154.88.43 correo electrónico: fransora@carbelfi.es

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

D./Dña. Guillermo Fernández García, Magistrado. D./Dña. Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado/a de la Administración de Justicia. - Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto

Las Palmas de Gran Canaria, 10 de diciembre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, Eduardo José Rebollo Sanz.

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