Está Vd. en

Documento BOE-B-2018-58749

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 300, de 13 de diciembre de 2018, páginas 74699 a 74700 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-58749

TEXTO

D./Dña. José Victor Sanz Gordón, Letrado/a Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Valencia,

Por el presente Hago Saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 69/2011 habiéndose dictado en fecha 24 de octubre de 2018 por el Ilmo./a Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

PARTE DISPOSITIVA

Se decreta la conclusión del concurso ordinario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 69/2011, promovido por el Procurador Sra. Domingo Martínez Eva, en nombre y representación de la mercantil Xabiaport, S.A., y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Juan Carlos Torres Sanchís, con DNI num. 73.912.167B revocando las actuaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Xabiaport, S.A., con domicilio en Valencia, Gran Vía Fernando El Católico, n.º 76-5ª., y C.I.F. número A-46563326, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al tomo 2304, general 1443, de la sección 3.ª del libro de sociedades, folio 207, hoja V-15299, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.

Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 12 de septiembre de 2018.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tabón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada Domingo Martínez, Eva a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos

Llévese el original al libro de Autos Definitivos, dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de ésta resolución a la Sección 2.ª del concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC)

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. Eduardo Pastor Martínez Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.

Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su original al que me remito, y para que surta los efectos oportunos, expido el presente en Valencia, a 24 de octubre de 2018. Doy fe.

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Valencia, 24 de octubre de 2018.- El/La Letrado/a Admon Justicia, José Victor Sanz Gordón.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid