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Documento BOE-B-2018-59521

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 17 de diciembre de 2018, páginas 75732 a 75732 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-59521

TEXTO

EDICTO

Don Rafael Huerta Garcia, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 707/2018. Sección: E.

NIG: 0818442120178021805.

Fecha del auto de declaración. 2 de julio de 2018.

Clase de concurso. Voluntario.

Entidad concursada. Sergio Moreno Sánchez, con 46677476B, con domicilio en Pasaje Colom, Rubí.

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal: Juan Carlos Sabate Martí, de profesión abogado. Dirección postal: Calle MUNTANER, 240, 1.º, 2.ª, Barcelona. Dirección electrónica: jcsabate@telefonica.net

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Se ha abierto la Sección 5ª de Liquidación y se ha presentado el Plan de Liquidación por lo que se concede el plazo contemplado para la comunicación de créditos para la presentación de alegaciones al mismo.

Se ha presentado también el informe previsto en el art.75 de la Ley Concursal por lo que las impugnaciones al mismo deberán presentarse dentro del plazo previsto para la comunicación de los créditos.

Llamamiento de acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 112 – Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art.184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Barcelona, 18 de octubre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Rafael Huerta Garcia,.

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