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Documento BOE-B-2018-60856

Resolución de la Autoridad Portuaria de Barcelona por la que se hacen públicos los acuerdos adoptados en relación con la aprobación del pliego de prescripciones particulares del servicio MARPOL en el puerto de Barcelona. Exp. 260/12.

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 24 de diciembre de 2018, páginas 77448 a 77449 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2018-60856

TEXTO

El Consejo de Administración de este Puerto, en su sesión celebrada el día 28 de noviembre del presente año, en el ejercicio de las funciones que le atribuye el artículo 26.1.l) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, ha adoptado los siguientes acuerdos en relación con el Pliego de Prescripciones Particulares del servicio de recepción de desechos generados por buques en el puerto de Barcelona:

Primero.- APROBAR el Pliego de Prescripciones Particulares del servicio de recepción de desechos generados por buques en el puerto de Barcelona.

Segundo.- ORDENAR la publicación de este Pliego de Prescripciones Particulares en el Boletín Oficial del Estado y en la sede electrónica de la Autoridad Portuaria de Barcelona.

Tercero.- ESTABLECER como fecha de aplicación o entrada en vigor del Pliego de Prescripciones Particulares del servicio de recepción de desechos generados por buques en el puerto de Barcelona la del día 1 de julio de 2019.

Tercero bis.- APROBAR la estructura tarifaria, tarifas y tarifas máximas, que son las reguladas en las Cláusulas 18ª y 19ª del Pliego de Prescripciones Particulares, estableciendo que serán de aplicación a partir del día 1 de febrero de 2019, sin perjuicio de las actualizaciones que procedan en los términos previstos en el apartado D 1 de la Cláusula 18ª del pliego.

Tercero ter.- APROBAR la tasa de actividad y la tasa por utilización especial de las instalaciones portuarias y por ayudas a la navegación previstas, que son las reguladas en la Cláusula 20ª del Pliego de Prescripciones Particulares, estableciendo que serán exigibles a partir del día 1 de enero de 2019.

Cuarto.- AUTORIZAR a las empresas que en el momento presente están prestando en el puerto de Barcelona el servicio portuario de recepción de desechos, que puedan continuar haciéndolo hasta el día de entrada en vigor del Pliego, es decir, hasta el día 1 de julio de 2019, todo ello con la finalidad de que las entidades que así lo deseen puedan solicitar y obtener una licencia conforme al Pliego para la prestación del servicio de recepción de desechos generados por buques. La presente autorización provisional se regirá bajo los siguientes criterios:

a) Las condiciones de prestación del servicio portuario serán las hasta ahora exigibles (en particular, las especificaciones de control, supervisión del servicio y de medición de pesos y volúmenes de las operaciones de recepción de residuos MARPOL, que se aplicarán como requisito previo para su pago por la APB), sin perjuicio de lo dispuesto en el acuerdo anterior respecto a la tasa de actividad y la tasa por utilización especial de las instalaciones portuarias y por ayudas a la navegación dispuestas en la Cláusula 20ª del Pliego de Prescripciones Particulares, que serán exigibles a partir del día 1 de enero de 2019 y respecto a las nuevas tarifas dispuestas en las Cláusulas 18ª y 19ª del Pliego de Prescripciones Particulares, que serán de aplicación a partir del día 1 de febrero de 2019.

b) Los prestadores afectados por el presente acuerdo deberán presentar ante la Autoridad Portuaria, como máximo antes del 31 de marzo de 2019, la correspondiente solicitud para la prestación del servicio de recogida de desechos de los Anexos MARPOL que deseen prestar, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 8ª del Pliego. La Autoridad Portuaria, a la vista de las solicitudes presentadas, adoptará la correspondiente resolución que deberá ser notificada en el plazo de los tres meses siguientes.

c) Aquellas empresas que a fecha 1 de julio de 2019 no hayan obtenido la correspondiente licencia conforme al Pliego de Prescripciones Particulares, no podrán prestar el servicio de recepción de desechos, excepción hecha que hayan solicitado la licencia en el plazo anteriormente indicado, esto es, con anterioridad al día 31 de marzo de 2019, en cuyo caso podrán continuar desarrollando la actividad hasta la fecha en que se resuelva el expediente a que dé lugar la solicitud.

Quinto.- ESTABLECER que, de acuerdo con lo previsto en la Cláusula 18ª del Pliego, las nuevas tarifas aprobadas para el año 2019 se adaptarán el 15 de enero de 2020, con aplicación efectiva a 1 de febrero de 2020, al cuadro de tarifas que corresponda en función del volumen total de desechos recogidos por todos los prestadores en el puerto en el año 2019.

Sexto.- ORDENAR al Director General de esta Autoridad Portuaria que con anterioridad al día 31 de mayo de 2019 presente una propuesta de concreción de la Cláusula 9ª del Pliego en orden al control del volumen en la entrega de desechos MARPOL

Séptimo.- NOTIFICAR a las empresas que están prestando el servicio portuario básico de recepción de desechos de buques en el puerto de Barcelona (Tecnología Medio Ambiente Grupo F. Sánchez, S.L., Ecológica Ibérica Mediterránea, S.A., Ecomarpol, S.A., y Servicios Flotantes Otto Schwandt, S.L.) el Pliego de Prescripciones Particulares del servicio de recepción de desechos generados por buques en el puerto de Barcelona, con la indicación expresa del régimen transitorio al que queda sujeta su actividad de conformidad con lo acordado en el punto 4 anterior y con la advertencia expresa de que, si a fecha 1 de julio de 2019, no han obtenido licencia conforme al Pliego, deberán dejar de prestar servicio y ello sin perjuicio de lo dispuesto en el acuerdo 4c) anterior.

El texto íntegro del pliego aprobado estará expuesto en la en la sede electrónica de la Autoridad Portuaria de Barcelona (https://seu.portdebarcelona.gob.es), así como las tarifas y tasas citadas.

Barcelona, 17 de diciembre de 2018.- El Secretario General, Román Eguinoa.

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