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Documento BOE-B-2018-8312

PICASSENT

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 12 de febrero de 2018, páginas 10457 a 10457 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2018-8312

TEXTO

Edicto

D./Dña. Fadua Saleh Contell, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Picassent, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado (CNA) - 000438/2016, habiéndose dictado en fecha 22 de mayo de 2017 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de Apertura de Fase de Liquidación, firme a todos los efectos, habiéndose acordado librar el correspondiente edicto para que se publique en el BOE, conforme a lo establecido en el art. 23.1, párrafo 2.ª de la Ley Concursal.

A continuación se pasa a reproducir la Parte Dispositiva de dicho auto:

Parte Dispositiva

1.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación..

2.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el título III de la ley concursal.

3.- Se produce la extinción del derecho de alimentos con cargo a la masa activa, salvo que resulte imprescindible para atender sus necesidades mínimas, y las de su cónyuge, pareja de hecho, inscrita cuando concurra alguna de las circunstancias del artículo 25.3 y descendientes bajo su potestad.

En cuyo caso, deberá solicitarse a este Juzgadora, de conformidad con el artículo 47 Ley Concursal.

4.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

5.- Requíérase a la administración concursal para que en el plazo de los 15 días siguientes a la notificación de la presente resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derecho, integrados en la masa activa del concurso.

Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, expidiéndose asimismo los pertinentes edictos para general publicidad en los términos de los arts. 23 y 24 Ley Concursal.

Picassent, 5 de febrero de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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