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Documento BOE-B-2018-9959

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 19 de febrero de 2018, páginas 12467 a 12467 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-9959

TEXTO

Edicto

Doña Ángela Quesada Martos, Letrada de la Administración de Justicia, de Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia,

Anuncia:

Que en el Sección Quinta de Liquidación del procedimiento de concurso 319 /2012, referente a la concursada Sogaoliva, S.L., con CIF número B-73129553, por auto de fecha 13 de febrero de 2018, se ha acordado lo siguiente:

"Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de Sogaoliva, S.L.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica así la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos, a cuyo efecto expídase mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 Ley Concursal.

Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes.

Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 Ley Concursal.

Lo acuerda y firma Francisco Cano Marco, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, doy fe."

En Murcia, 15 de febrero de 2018.- La Letrado de la Administración de Justicia.

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