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Documento BOE-B-2019-10320

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 11 de marzo de 2019, páginas 12876 a 12877 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-10320

TEXTO

Don Xavier Garcia Bonet, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Barcelona, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de concurso: Concurso consecutivo 471/18. Sección: B.

NIG: 0801947120188010523.

Fecha del auto de declaración: 05/02/2019.

Clase de concurso: Consecutivo.

Entidad concursada: Don Francisco Javier Bejarano García, provisto del D.N.I. 38489937N y con domicilio en la calle Selva, número 12, casa de Begues (08859 Barcelona).

Administradores concursales: Abogada, doña Cristina Alonso Suárez, con D.N.I. 46648851K. Que para el ejercicio de su cargo, señala como domicilio. rambla de Catalunya, número 57, 3 planta de Barcelona (08007). Y, para la recepción de las comunicaciones de crédito y de cualquier otra notificación, la dirección postal; la indicada; y la dirección de correo electrónico: concursal@abatha.global, teléfono de contacto número 931595100 y fax número 931595200.

Régimen de las facultades del concursado: Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores debe comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 85 de la Ley concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores pude consultarse en la Oficina Judicial, sita en avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (edificio C) - Barcelona.

Forma de personación: Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (artículo 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Apertura de la sección 5.ª Liquidación: Decreto la apertura de la fase de liquidación y la formación de la sección 5.ª.

El mediador ha incluido en el escrito de demanda el plan de liquidación para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso.

Del plan de liquidación dese traslado al deudor y acreedores por diez días para alegaciones.

El deudor y los acreedores dentro del plazo de alegaciones al plan de liquidación podrán formular también observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho, de conformidad con el artículo 242.8 de la LC.

Los acreedores podrán solicitar mediante escrito razonado la apertura de la sección de calificación en el mismo plazo.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 12 de febrero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Xavier Garcia Bonet.

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