El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección Segunda, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
Que en el procedimiento número 1149/15-2, referente al deudor Iquem, S.L.,con C.I.F. B-41054586, y con domicilio en calle Santa Cruz, número 2 en Camas, Sevilla, por auto de fecha once de marzo de dos mil diecinueve se ha acordado lo siguiente:
1.- La conclusión del proceso concursal de la entidad Iquem, S.L., llevado en este mismo Juzgado con el número 1149/15. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2.- El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días.
3.- La declaración de extinción de la sociedad Iquem, S.L., y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.
Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
Sevilla, 18 de marzo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.
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