El Juzgado de lo Mercantil número 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Ley Concursal,
Hace saber:
Anuncia
1º.- Que en el procedimiento Concurso Abreviado 788/2016 por auto de fecha 27/03/2019 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3.
2º.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.
3º.- Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el artículo 178.3, declarar su extinción.
Madrid, 29 de marzo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ángeles Pascual Bote.
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