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Documento BOE-B-2019-14492

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 3 de abril de 2019, páginas 18008 a 18009 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-14492

TEXTO

Doña Gema Margarita Calvo Solé, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife. Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000561/2018, seguido a instancias del Procuradora Doña Montserrat Paula Zubieta Padrón, en nombre y representación de Santa Cruz Siglo XXI, Sociedad Limitada, con B38486965 se ha dictado Auto el día 25 de febrero de 2019, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

"...Parte Dispositiva"

Primero.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador Doña Montserrat Paula Zubieta Padrón, en nombre y representación de Santa Cruz Siglo XXI, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal, número B38486965. [... ] Segundo.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, al deudor Don/Doña Santa Cruz Siglo XXI, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal, número B38486965, y domicilio en la Avenida tres de mayo, número 63, de Santa Cruz de Tenerife. Tercero.- El deudor Santa Cruz Siglo XXI, Sociedad Limitada conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. Cuarto.- Se nombra administrador del concurso, con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior a Doña Marra Desirée Pérez Pinto, economista, que reúne los requisitos del artículo 27 de la Ley Concursal. Se autoriza a la administración concursal para que pueda acceder al establecimiento del deudor, revisar sus libros y contabilidad y recabar cuantos documentos e información considere necesaria o conveniente para el interés del concurso. Quinto.- Llámense a los acreedores del deudor para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal a la administración concursal la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso, que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, el tablón de anuncios del Juzgado y el Registro Público Concursal. [... ]Sexto.- Anúnciese la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado, con indicación de los datos de identificación del procedimiento, siendo gratuita dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 23.1 de la Ley Concursal, en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal. Los anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y la forma de personarse en él. [... ] Séptimo.- Anótese preventivamente en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife, la declaración del concurso con lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición del concursado y el nombre del administrador, y, una vez firme este Auto, Iíbrese mandamiento para conversión de la anotación preventiva en inscripción. Al no existir todavía sistema telemático, se llevará a cabo por medio del Procurador actor. La concursada figura inscrita al Tomo 1617, Folio 196, Hoja TF-17.269. [... ] Octavo.- Los legitimados conforme a la Ley Concursal para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de Letrado. [... ] Modo de impugnación: Contra la declaración de concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, Recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de, que no tendrá carácter suspensivo, mediante escrito que se presentará en este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación (artículo 458.1 Ley de Enjuiciamiento Civil) o desde la última publicación del anuncio de declaración del concurso. Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (Disposición Adicional 15ª Ley Orgánica del Poder Judicial).Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita. Contra los demás pronunciamientos del Auto cabe recurso de reposición por medio de escrito presentado en este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado, en el plazo de cinco días, computados, para el deudor desde la notificación del Auto, y para los demás legitimados en la forma expresada en el apartado anterior, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso (artículos 20.2 y 197 Ley Concursal Y 452 Ley de Enjuiciamiento Civil).Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (Disposición Adicional 15ª Ley Orgánica del Poder Judicial).Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita. Así lo dispone, manda y firma Doña Elena Fraile Lafuente, juez, del Juzgado de lo Mercantil Numero 1 de Santa Cruz de Tenerife.

El/la Juez... "

Y para que sirva de notificación a todos los acreedores e interesados, se acuerda la fijación en el Tablón de anuncios del Juzgado y publicación en el Registro Público Concursal, y gratuita en el Boletin Oficial del Estado, se expide el presente Edicto en Santa Cruz de Tenerife,a 19 de marzo de 2019.

Se pone en conocimiento que el administrador concursal es doña Maria Desirrée Pérez Pinto, con Documento Nacional de Identidad número 43.811.125N profesión economista y auditoria, con domicilio en Calle Villalba Hervás número 12, 4°, 38002 Santa Cruz de Tenerife móvil numero 609 010 556, 922 15 17 80, fax numero 922 15 19 80, correo concursal@s-sconsultoresauditores.com.

En Santa Cruz de Tenerife, 20 de marzo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Gema Margarita Calvo Solé.

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