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Documento BOE-B-2019-1460

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 15 de enero de 2019, páginas 1882 a 1882 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-1460

TEXTO

E D I C T O

Ana Isabel González Peinado, Letrado de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, anuncia:

Que en la Sección Primera del procedimiento de concurso 391/2017, referente a la concursada Inup Business Solutions, S.L. con C.I.F. número B-73897068, por auto de fecha 11 de enero de 2019, se ha acordado lo siguiente:

"No constando existencia de bienes y derechos propiedad de Inup Business Solutions, S.L. para satisfacer los créditos contra la masa, no ha lugar a proseguir la tramitación del procedimiento concursal respecto a Inup Business Solutions, S.L. acordando la conclusión y archivo de las actuaciones, así como la extinción de la persona jurídica.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica así como la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos, a cuyo efecto expídase mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. 

Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 Ley Concursal.

Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes

Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 Ley Concursal.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe."

Murcia, 11 de enero de 2019.- La Letrado de la Administracion de Justicia, Ana Isabel González Peinado.

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