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BDNS(Identif.):447203
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Las entidades asociativas de mujeres rurales previstas en el artículo 3 de las bases reguladoras de estas subvenciones, que desarrollen actividades incluidas en el artículo 1 de dichas bases y que cumplan los contenidos y requisitos previstos en su artículo 5 y los criterios de valoración previstos en su artículo 6.
Segundo. Finalidad:
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para los ejercicios 2019 y 2020, destinadas a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional, para la realización de actividades específicas de especial interés para impulsar el papel de las mujeres en el desarrollo rural.
Tercero. Bases reguladoras:
Real Decreto 146/2019, de 15 de marzo, publicado en «Boletín Oficial del Estado» número 65, de 16 de marzo de 2019.
Cuarto. Cuantía:
El importe máximo total en la presente convocatoria es de 785.000,00 euros, de los cuáles 400.000,00 euros corresponden al año 2019 y 385.000,00 euros al año 2020.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Las solicitudes se presentarán en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 1 de abril de 2019.- El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación. P.D. Orden APA/21/2019, de 10 de enero (BOE 16 de 18 de enero de 2019), la Directora General de Desarrollo Rural, Innovación y Política Forestal, Isabel Bombal Diaz.
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