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Documento BOE-B-2019-14707

JAÉN

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 5 de abril de 2019, páginas 18344 a 18344 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-14707

TEXTO

El Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 309/2019, con NIG 2305042120190003010, por auto de 20 de marzo de 2019 se ha declarado en concurso consecutivo a los deudores Yolanda Merino Quesada con NIF 26019447F y Octavio Martos Caño con NIF 38125948K, ambos con domicilio en calle Subida al Tambor, 3, Jaén.

2º.- Se acuerda la apertura de la fase de liquidación y la suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley Concursal (LC).

3º.- Se acuerda la extinción del derecho a la obtención de alimentos con cargo al a masa activa.

4º.- Los concursados y los acreedores, dentro del plazo de quince días desde la presente publicación podrán formular alegaciones al plan de liquidación. Podrán formular también observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho de los concursados. Los acreedores también podrán solicitar, mediante escrito razonado, la apertura de la sección de calificación (art. 242.2.8ª de la LC.)

5º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D/Dª SERGIO BERRIOS MESA, con domicilio postal C/VIRGEN DE LA CABEZA, 2-B 1º H, JAÉN (España), y dirección electrónica: sberriosm@economistas.org.

El plazo para esta comunicación es el de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

No necesitarán solicitar reconocimiento los titulares de créditos que hubieran firmado el acuerdo extrajudicial.

6º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

7º.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

Jaén, 29 de marzo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María Inmaculada Barea Cobo.

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