El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Cartagena en su sesión de 1 de marzo de 2019, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 30.5, letra n), así como de acuerdo a lo previsto en la Disposición Transitoria Décima del Real Decreto Legislativo de 2/2011, de 5 de septiembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, por unanimidad, adoptó el acuerdo de otorgar a la mercantil "ERSHIP, S.A.U.", la ampliación de plazo inicial de 8,72 años a la concesión administrativa con destino a la "Manipulación y almacenamiento de gráneles sólidos en general, incluyendo en su caso, el envasado (C-1/15)".
Lo que se hace público para el general conocimiento de conformidad a lo previsto en el artículo 88 en concordancia con el artículo 85.7 ambos del Real Decreto Legislativo de 2/2011, de 5 de septiembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Cartagena, 2 de abril de 2019.- El Director General, Fermín Rol Rol.
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