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Documento BOE-B-2019-15884

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 11 de abril de 2019, páginas 19732 a 19732 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-15884

TEXTO

D. Rafael Huerta Garcia, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 350/2019 Sección:/NIG: 0801947120198003761. Fecha del auto de declaración 28 de febrero de 2019.

Clase de concurso. voluntario abreviado.

Entidad concursada. Liberto Aparicio Sánchez, con DNI 48032154N.

Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal a Mariano Hernández Montes. Dirección postal: Calle Balmes 186 2.º 1.ª 08006 Barcelona. Dirección electrónica: mhernandez@mmabogados.org

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Se tiene por presentadas alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. Se da traslado a los acreedores por el plazo de diez días para formular alegaciones sin que sea preciso la apertura de la sección 5.ª Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 75 LC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 95 LC. y las posibilidades de impugnación en el sentido que se recogen en el art. 96 LC.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina Judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts catalanes. 111, edificio C, planta 112 - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 19 de marzo de 2019.- El letrado de la Administración de Justicia, Rafael Huerta García.

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