Edicto
Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente,
Hago saber:
Que en el procedimiento concurso ordinario [CNO] -000066/2010 - K sobre declaración de concurso de la mercantil 1.- Alicantina de Renta y Gestión, S.L., con domicilio en avenida Doctor Gadea número 4, 6.°de Alicante y CIF número B03757358, se ha dictado auto de fecha 20-03-19, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:
1º.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.
2º.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3º.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4º.- Aprobar la rendición de cuentas de la Administración concursal.
5º.- Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo.
6º.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.
Modo de impugnación: no cabe recurso alguno.
Se expide el presente en
Alicante, 20 de marzo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Pilar Solanot García.
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