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Documento BOE-B-2019-16776

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 15 de abril de 2019, páginas 20769 a 20769 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-16776

TEXTO

Cristina María Valero Domenech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 4 de Valencia, por el presente,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de acreedores número 000270/2019 habiéndose dictado en fecha 01/04/2019 por el Ilustrísimo señor Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 4 de Valencia, auto de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

1º.- Se tiene por personado y por parte a la mercantil Domatix Technologies, S.L., y en su representación a la Procuradora señora Amparo Balbastre Llorens, en virtud del poder especial que se aporta, con quien se entenderán las sucesivas diligencias en la forma prevenida por la Ley, y por solicitada la declaración de concurso voluntario de acreedores.

2º.- Se admite a trámite dicha solicitud y se declara el estado de concurso voluntario de la mercantil Domatix Technologies, S.L., con domicilio en calle Angel Guimerá número 47 de Valencia y CIF B97859334, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 8635, folio 100, hoja V-120226.

3º.- Procédase a la publicidad de esta declaración de concurso, expidiéndose al efecto los oportunos edictos que se insertarán en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el BOE. Se acuerda expresamente que el diligenciamiento de este despacho tenga carácter gratuito.

Así mismo se acuerda librar oficio junto con el edicto de publicidad de esta resolución al Registro Público Concursal, desarrollado por el Real Decreto 892/2013 de 15 de noviembre por el que se regula al Registro Público Concursal, que será entregado al Procurador del solicitante del concurso, al no poder ser remitido electrónicamente ni telemáticamente por el Juzgado, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 8 del Real Decreto mencionado.

4º.- Se declara concluso el concurso de acreedores de la mercantil Domatix Technologies, S.L., por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa, cesando todos los efectos de la declaración del concurso.

5º.- Se acuerda la extinción de la mercantil Domatix Technologies, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción.

Valencia, 1 de abril de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Cristina María Valero Domenech.

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