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Documento BOE-B-2019-16860

ANUNCIO de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Conocimiento en Lleida, de información pública sobre la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de las instalaciones de la red de distribución de gas licuado del petróleo en la urbanización Tanau, en el término municipal de Naut Aran, y del procedimiento de concurrencia de solicitudes (ex. FUE-2019-00997636).

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 15 de abril de 2019, páginas 20913 a 20914 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2019-16860

TEXTO

De acuerdo con lo que prevén la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, modificada por la Ley 12/2007, de 2 de julio; el Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre por el cual se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, modificado por el Real decreto 942/2005, de 28 de julio; el Real decreto 919/2006, de. 28 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11, se somete a información pública el proyecto de instalación de gás licuado del petróleo que se detalla a continuación.

Peticionario: lberpropano, SA.

Objeto: obtener la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de las instalaciones de la red de distribución de gas licuado del petróleo en la urbanización Tanau, en el término municipal de Naut Aran.

Presupuesto: 29.380,56 euros. Características principales de la instalación: Almacenaje de GLP.

Número de depósitos: 2 Capacidad unitaria:.13 y 34m' CapaCidad total: 47 m' Disposición: enterrada

Red de distribución. Material: Polietileno Diámetros: 40 mm

Presión máxima de servicio: 4 bar Longitud: 546 m

Se publica para que todas las personas o entidades que se consideren afectadas puedan examinar el proyecto y, si procede, presentar las alegaciones que crean oportunas, en los Servicios Territoriales de Empresa y Conocimiento en Lleida, av. del Segre, núm. 7, en el·plazo de 20 días a contar a partir del siguiente de la publicación de este Anuncio. También, y de acuerdo. con el artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, se hace pública la forma de resolución en el supuesto de concurrencia de dos o más solicitudes con los criterios de valoración que figuran en el anexo de concurrencia, otorgando un plazo, para la presentación de solicitudes, de 20 días a contar a partir del siguiente de la publicación de este Anuncio.

Anexo concurrencia:

A. Zona de gasificación:

Es la zona de gasificación de los términos municipales objeto de las solicitudes en concurrencia. Por tanto, la zona de gasificación la forman los·ámbitos geográficos definidos por los términos municipales de los cuales se solicita la autorización administrativa.

Para determinar y enumerar los diferentes núcleos y unidades de población, será necesario consultar la base de datos oficial de entes locales de Catalunya, articulada a través del Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Catalunya, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, y la Orden ECF/105/2005, de 9 de febrero, por la cual se modifica el sistema de codificación de las entidades locales, entes de gestión, consorcios y sociedades con participación pública local, con finalidades estadísticas. (www.idescat.cat/codis)

B. Criterios de valoración de las solicitudes:

1. Delimitación concreta de la zona donde la empresa distribuidora prestará el servicio: esta información ha de especificar el número de antenas de conexión de los diferentes núcleos urbanos y el número de núcleos urbanos a gasificar, en ambos casos, que serán incluidos en la petición de acta de puesta en marcha de las instalaciones autorizadas.

2. Compromisos de expansión de la red en la zona que asumirá la empresa: esta infor.mación ha de especificar, para cada núcleo urbano, el número de acometidas que serán ejecutadas antes de solicitar el acta de puesta en marcha de las instalaciones autorizadas.

3. Plazo de ejecución de las instalaciones: a contar desde la obtención de la correspondiente autorización administrativa.

4. Detalle de los costos asociados que repercuten en la retribución del sistema gasista en relación a la instalación objeto de la autorización administrativa solicitada: es necesario especificar costes de inversión, de operación y de mantenimiento, y el coste imputable a los usuarios para la extensión de la red de distribución en la zona, incluyendo todos los gastos no regulados.

La solicitud seleccionada del proceso de concurrencia obtendrá el acta de puesta en marcha únicamente para la totalidad delproyecto autorizado, en los términos en que se ha resuelto la concurrencia.

Lleida, 28 de marzo de 2019.- Director de los Servicios Territoriales, Ramón Arturo Lloan.

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