Edicto de Delaración de Concurso
Doña Alicia de la Torre Duñaiturria, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al Auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado (artículos 23 y 24 Ley Concursal):
Número de asunto: 1654/2018 – Sección B.
Fecha del Auto de declaración: 4 de febrero de 2019.
Clase de concurso: Voluntario abreviado.
Entidad concursada: Avicarn Blanes, Sociedad Limitada.
CIF de la concursada: B-66.611.807.
Domicilio social de la concursada: Calle Bonavista, número 52, de la población de Tordera. Código postal 084901 (Barcelona).
Domicilio del centro de intereses: Nave ubicada en la Carretera Acceso Costa Brava, Kilómetro 7, de la población de Blanes, código postal 17300 (Girona).
Administrador concursal: Lbl Restructuring, S.L.P.
-Dirección postal: Avinguda Josep Tarradellas, número 123, piso 5- B de la ciudad de Barcelona, código postal 08029 (Barcelona).
-Dirección electrónica: creditors@lblpartners.es.
Régimen de las facultades del concursado: La concursada mercantil tiene Suspendidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio y Cesados sus administradores y liquidadores, quedando sustituidos éstos por la Administración concursal.
Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil número 1 de Girona (Avenida Ramón Folch, números 4-6 de Girona).
Asimismo, se hace saber que en el Auto de declaración de concurso, se ha acordado la inmediata apertura de la fase de liquidación, ordenándose la disolución de la sociedad mercantil y el cese de los administradores de la concursada, quedando sustituidos éstos por la Administración concursal.
Girona, 1 de marzo de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Alicia de la Torre Duñaiturria.
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